Señor usuario, las solicitudes de entrega de depósitos judiciales deben ser elevadas al correo: j02cmpalchia@cendoj.ramajudicial.gov.co (Numeral 6, Circular PCSJC20-17 de 29 de abril de 2020).
Verifique aquí los depósitos judiciales que ya se autorizaron para entrega (art. 8, Acuerdo PCSJA20-11567 de 5 de junio de 2020 conc. Numeral 6, Circular PCSJC20-17 de 29 de abril de 2020).
Señor usuario, tenga en cuenta que conforme a lo dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura en el artículo 14 del Acuerdo PCSJA20-11556 de 22 de mayo de 2020, concordante con el artículo 3 del Decreto 491 de 28 de marzo de 2020, "Mientras duren las medidas adoptadas por el Consejo Superior de la Judicatura con ocasión de la emergencia causada por el COVID-19, (...) la recepción, gestión, trámite, decisión y de las actuaciones judiciales y administrativas, si corresponde, se privilegiará el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones..." (subrayado ajeno al texto).
Por lo que, sus solicitudes serán atendidas en el buzón de correo electrónico asignado a este Juzgado (j02cmpalchia@cendoj.ramajudicial.gov.co), empero, sólo para aquellos casos en que se disponga su reanudación de términos.
Señor usuario, a partir del 14 de septiembre de 2020, las publicaciones correspondientes a entradas, estados, traslados, demandas radicadas, la autorización del pago de depósitos judiciales, y elaboración de oficios, se efectuarán en el micro sitio dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura (https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-002-civil-municipal-de-chia); por lo tanto, la información aquí contenida se actualizará hasta el 11 de septiembre de la anualidad.
Consulte en el siguiente listado los procesos respecto de los cuales ya están elaborados los oficios, luego de visualizar el número de su expediente, solicite su envío al correo electrónico registrado u obrante en el proceso, o en su defecto, de manera excepcional solicite una cita para su retiro físico al correo electrónico j02cmpalchia@cendoj.ramajudicial.gov.co, indicando en el asunto "envío de oficio" o "cita para retiro de oficios", según corresponda, e identificando en el cuerpo del correo el proceso respectivo.
Recuerde que los oficios sólo le serán entregados a las partes, apoderados o autorizados, estos últimos, conforme al literal f del artículo 26 del Decreto 196 de 1971 concordante con el numeral 1° del artículo 123 del C. G. del P.